NÓMINA Y REGLAMENTO ADMINISTRATIVO DE LOS ORGANISMOS COORDINADORES EN EL ÁREA DE CONTROL INTEGRADO (DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC Nº 03/95)Detalles de la Normativa

Datos básicos

Tipo

Resolución

Clase

Original

Acceso

Público

Número / Año

20 / 2009


Título ES
NÓMINA Y REGLAMENTO ADMINISTRATIVO DE LOS ORGANISMOS COORDINADORES EN EL ÁREA DE CONTROL INTEGRADO (DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC Nº 03/95)
Título PT
RELAÇÃO NOMINAL E REGULAMENTO ADMINISTRATIVO DOS ORGANISMOS COORDENADORES NA ÁREA DE CONTROLE INTEGRADO (REVOGAÇÃO DA RESOLUÇÃO GMC Nº 3/95)
Organo/Foro al que pertenece
  • (CT Nº 2) Asuntos Aduaneros
Fecha de aprobación
02/07/2009
Organo/Foro que la aprueba
(GMC) Grupo Mercado Común
Tema
Aduana

Archivos

Actual Versión Fecha Versión Revisión SM Observaciones  
-- 02/07/2009 Aprobado y Publicado --

Incorporación


Argentina
Incorporada
Resolución del MI Nº 1587/2009 del 30/12/09, publicada en el BO el 18/01/10.
Brasil
Incorporada
Resolución GECEX N° 670 del 12/11/2024, publicada en el DOU el 13/11/2024.
Paraguay
Incorporada
Decreto del PE N° 6046/2021 del 30/09/2021.
Uruguay
Incorporada
Decreto del PE Nº 363/012 del 13/11/12, publicado en el DO el 21/11/12.

Entrada en Vigencia


Marco Jurídico
Art. 40 POP: Con la finalidad de garantizar la vigencia simultánea en los Estados Partes de las normas emanadas de los órganos del Mercosur previstos en el Artículo 2 de este Protocolo deberá seguirse el siguiente procedimiento: i) Una vez aprobada la norma los Estados Partes adoptarán las medidas necesarias para su incorporación al ordenamiento jurídico nacional y comunicarán las mismas a la Secretaría Administrativa del Mercosur ii) Cuando todos los Estados Partes hubieren informado la incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos la Secretaría Administrativa del Mercosur comunicará el hecho a cada Estado Parte iii) Las normas entrarán en vigor simultáneamente en los Estados Partes 30 días después de la fecha de comunicación efectuada por la Secretaría Administrativa del Mercosur en los términos del literal anterior. Con ese objetivo los Estados Partes dentro del plazo mencionado darán publicidad del inicio de la vigencia de las referidas normas por intermedio de sus respectivos diarios oficiales.

Concordancia

Desde esta Resolución a otros documentos

1 Deroga a la Resolución 3/1995 NOMINA Y REGLAMENTO ADMINISTRATIVO DE LOS ORGANISMOS COORDINADORES EN EL AREA DE CONTROL INTEGRADO -- Ver Resolución

Desde otros documentos a esta Resolución

1 Es modificada por Resolución 1/2021 ACTUALIZACIÓN NÓMINA DE LOS ORGANISMOS COORDINADORES EN EL ÁREA DE CONTROL INTEGRADO (MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 20/09) -- Ver Resolución
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